Comité Ambiental del Cantón Sitio del Niño
Algo está claro con la revocatoria que resolviera la Cámara de la Cuarta Sección del Centro de Santa Tecla sobre la resolución de “nulidad total-parcial” que emitió el Tribunal de Sentencia de Santa Tecla: los jueces que componen este tribunal no actuaron en apego al derecho y aplicaron de forma errada la ley en el caso en contra de tres altos mandos de la empresa Baterías de El Salvador, acusados de estar involucrados en la contaminación por plomo que dicha empresa produjo en las comunidades del cantón Sitio del Niño.
Algo está claro con la revocatoria que resolviera la Cámara de la Cuarta Sección del Centro de Santa Tecla sobre la resolución de “nulidad total-parcial” que emitió el Tribunal de Sentencia de Santa Tecla: los jueces que componen este tribunal no actuaron en apego al derecho y aplicaron de forma errada la ley en el caso en contra de tres altos mandos de la empresa Baterías de El Salvador, acusados de estar involucrados en la contaminación por plomo que dicha empresa produjo en las comunidades del cantón Sitio del Niño.
En base a esto, y a algunas anomalías que desde el principio del proceso judicial señalamos, miembros del Comité Ambiental del Cantón Sitio del Niño, en representación de las víctimas de las comunidades afectadas por contaminación por plomo, presentamos el pasado miércoles 13 de julio una denuncia ante la Fiscalía General de la República en donde se pedía que se investigara a los jueces del Tribunal de Sentencia de Santa Tecla, Cecilia Margarita Turcios Barraza, Vilma Adela Melara y Delfino Parrilla Rodríguez, por haber dictado una resolución contraria a la ley, delito que en el Código Penal está calificado como prevaricato, el cual es sancionado con prisión de tres a seis años e inhabilitación especial del cargo por igual tiempo.
“Nosotros consideramos que esta resolución y la actitud de los señores jueces debe de ser investigada pues resulta curioso que se haya declarado por jueces expertos y conocedores del derecho (como nosotros lo consideramos) una nulidad total-parcial, cuando nosotros que sin ser abogados entendemos que las nulidades solo pueden ser absolutas o relativas, pero nunca totales-parciales; esto no lo entendemos, y tal y como lo dijo la Cámara (de la Cuarta Sección del Centro de Santa Tecla) esto es contrario al derecho”, reza parte de la denuncia presentada.
En dicha denuncia también reiteramos las sospechas que ya teníamos, y que las habíamos dado a conocer con anterioridad, sobre la forma en que dichos jueces estaban desarrollando el proceso judicial. Para el caso, dichos jueces nos hicieron señalamientos a través de una notificación por “realizar desordenes” fuera del recinto del Tribunal de Santa Tecla, hecho que en ningún momento se dio. Más bien, nuestra presencia afuera de dicho Tribunal siempre se realizó de forma pacífica, con la única intención de que se viera nuestro interés por que se realizara justicia, siendo supervisados en todo momento por la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos.
Otra de las sospechas que despertaron dichos jueces y que fueron señaladas en la denuncia fue que durante el desarrollo de la audiencia se notó cierta inclinación a brindarle mayor espacio de tiempo a la defensa de los acusados para que hiciera su presentación, sin ser interrumpidos en su alegato, contrario a los querellantes y la fiscalía los cuales constantemente era interrumpidos.
Además, cabe destacar que durante los días en los que se llevó a cabo la apertura de audiencia los abogados defensores de la empresa Baterías de El Salvador no se hicieron presentes al tribunal en ningún momento. Al contrario, cuando se dieron las audiencias especiales anteriores esta los defensores no faltaron nunca. Lo anterior nos indica que la ausencia de estos durante la apertura de audiencia se daba porque los mismos ya conocían de la resolución que se emitiría.
Luego de presentada esta denuncia, un día después, el 14 de julio, el Tribunal de Sentencia de Santa Tecla, que conoce el caso de Baterías Record y cuyos jueces fueron denunciados, emitió una resolución en horas de la tarde en la que en base a la noticia de la denuncia presentada en su contra por parte de los miembros del Comité Ambiental de Sitio del Niño, agrega al proceso la noticia aparecida en La Prensa Gráfica ese mismo día en la cual se brindan detalles de dicha denuncia.
Asimismo, los jueces de sentencia pidieron al Fiscal General de la República que informe sobre la existencia de la denuncia en contra de los jueces Cecilia Margarita Turcios Barraza, Vilma Adela Melara y Delfino Parrilla Rodríguez, para después de ello emitir la resolución que estimen conveniente.
Nosotros, los afectados de Sitio del Niño, representados por el Comité Ambiental, esperamos que los jueces de Sentencia señalados en la denuncia interpuesta se excusen de este proceso en base al Art. 74 Inc 1º del Código Procesal Penal derogado, ya que además de las situaciones anómalas en que han incurrido en el proceso (resoluciones irregulares), nos sentimos ofendidos por las opiniones de estos jueces, que han manifestado que las victimas “realizan desordenes” cuando en realidad, como ya se ha dicho, no hemos realizado este tipo de acciones, situación que evidencia parcialidad para la parte que representa a la empresa Baterías de el Salvador.
Miembros del Comité Ambiental de Sitio del Niño, tomando en consideración estas irregularidades, se presentaran el martes 19 de julio a la Sección de Investigación Judicial de la Corte Suprema de Justicia y al Consejo Nacional de la Judicatura para presentar denuncias en contra de los jueces antes mencionados y que se realicen las investigaciones respectivas.
Recordamos que la constitución de la República en relación a la imparcialidad de los jueces establece claramente en el Art. 172 Inc 3º “Los Magistrados y jueces, en lo referente al ejercicio de la función jurisdiccional, son independientes y están sometidos exclusivamente a la Constitución y a las leyes”.

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